Riesgos de la tecnología de Firma Electrónica en el Marco regulador actual

La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica supone un avance clave en la incorporación de España a la denominada Sociedad de la Información y el Conocimiento.

Mediante los sistemas de firma electrónica, los usuarios pueden celebrar contratos mediante sistemas informáticos a distancia, con plena validez legal, lo que supone un ahorro importante de tiempo (al no tener que desplazarse para realizar la contratación) y costes, tanto económicos como medioambientales (se elimina por completo el uso del papel).

Esta tecnología, y el hecho de que una Ley le otorgue validez legal, suponen un hito clave en el progreso de las TIC (Tecnologías Informáticas y de la Comunicación) en nuestro país. Todo ello, sumado a la reciente creación del DNI electrónico (DNIe), anticipan un escenario en el que será posible realizar nuestras compras con total seguridad jurídica desde el sillón de nuestra casa, o realizar ante las Administraciones Públicas todo tipo de trámites, que a buen seguro facilitarán nuestra vida diaria.

O al menos eso parece, porque … ¿es la firma electrónica un sistema con plenas garantías?.

Puedes leer la respuesta aquí.

Si usas firma electrónica (para declarar a hacienda, o tienes el DNIe), te adelantamos que la respuesta no es muy tranquilizadora, e incluso puede suponer un riesgo a la seguridad.

La web incluso propone hacer un test donde se prueba el riesgo del sistema.

Más información en la fuente original: http://www.ccii.es/firma/